Caso: Pobladores de la comunidad de Satipo

Testimonio de Rafael Contreras Avendaño y su hijo Alberto Contreras Merino sobre la detención arbitraria que sufrieron por efectivos del Ejército e integrantes de las rondas campesinas  en la Comunidad de Satipo, el 04/09/1993. Los testimoniantes eran miembros de las rondas campesinas, Rafael Contreras era vicepresidente y su hijo, secretario. El 04/09/1993, irrumpieron en la comunidad los ronderos de Maritarini y los de Maunari, quienes les convocaron a una reunión en la cual les tomaron prisioneros junto con 7 ronderos de la comunidad campesina de Satipo, fueron acusados de senderistas y de haber asesinado a pobladores en la comunidad de Alto Maritarini. Luego fueron llevados a la base de Satipo, donde los militares los torturaron. Posteriormente, el mayor Renato les hizo firmar un documento y fueron trasladados a la DIVICOTE en Huancayo. Les tomaron declaraciones y los confrontaron con los familiares de las víctimas de Alto Maritarini, a quienes obligaron a denunciar a los comuneros detenidos. Después de 4 meses, fueron sentenciados a 20 años de prisión, fueron absueltos después de 3 años de prisión cumplidos en Huamancaca (1 año) y Trujillo (2 años).La familia de los testimoniantes fue afectada, uno de los testimoniantes sufre del pulmón derecho y la esposa de Rafael Contreras, quedó inválida a consecuencia de un accidente cuando viajaba a visitarlo en el penal de Trujillo.

SUCESO

Lugar de suceso (Ubigeo) PERÚ » JUNIN » CHANCHAMAYO » CHANCHAMAYO

Anexo / Centro Poblado Comunidad Santa Rosa Union Progreso

Año 1993

Mes Septiembre

Día 04

Autor/es Comisión de la Verdad y Reconciliación

EDICIÓN

Año de edición 2002

Ciudad de edición Auditorio Nuestra Señora del Valle del Arzobispado de Huancayo

País de Edición Perú

Serie documental Audiencias Públicas Junín - CVR

Colección Defensoría del Pueblo

Fuente del material Centro de Información para la Memoria Colectiva y los Derechos Humanos - Defensoría del Pueblo

Periodos de gobierno 1990 - 1995: Alberto Fujimori

Periodo de la violencia 1993 - 2000: Declive de la acción subversiva

Escenario de la violencia Región Central

Autoría Material estatal

Tipo de material Testimonios

Acceso del material Acceso abierto

Fecha de ingreso

Sumilla

AUDIENCIA PUBLICA EN LA CIUDAD DE HUANCAYO
 
Huancayo, 22 de mayo de 2002 
 
 
Caso Nº 5
 
VICTIMAS : Pobladores de Satipo 
 
VIOLACION ALEGADA : Detención Arbitraria, tortura y violación al Debido proceso
 
DATOS DE LAS VÍCTIMAS :
 
Nombres y apellidos : Rafael Contreras Avendaño 
Edad :            60 años 
dirigente de la ronda campesina, 
vice-presidente
 
Alberto Contreras Merino
Edad : 33 años 
Secretario de la comunidad campesina
Félix Matute Romero
Condición de las víctimas : Agricultores.
 
Presunto agente perpetrador : Integrantes de la Ronda Campesina  de alto Maritarine y efectivos del Ejército
 
Lugar de la violación : Satipo,  Alto Maritarini.
Comunidad : Santa Rosa Unión Progreso
Provincia : Chanchamayo
Distrito :
Fecha de la violación : 04 de Setiembre de 1993
Año y período de gobierno : 1993 – Alberto Fujimori
 
 
RESUMEN DEL TESTIMONIO:
 
 
El 4 de septiembre de 1993, los señores Alberto Contreras Avendaño (60), Alberto Contreras Merino (33), Félix Matute Romero, Juan Bellido León, Asencio Chilón Cortes, Donato Román Pariona y Basilio Rondinel García, agricultores y ronderos de la Comunidad Santa Rosa Unión Progreso, en la provincia de  Chanchamayo, fueron sacados de sus casas por los ronderos de la comunidad de Alto Maritarini, en Chanchamayo e inmediatamente atados de manos y conducidos a la escuela de Santa Rosa donde fueron golpeados delante de sus familiares.
 
Al día siguiente los ronderos entregaron a sus prisioneros a efectivos del Ejército quienes los condujeron a la Base Militar “Pachacutec” de Pichanaki. A los campesinos los acusaban de haber incursionado en su comunidad y asesinado a ocho comuneros de Alto Maritarini.
 
En la base militar “Pachacutec”, los campesinos fueron torturados por efectivos del ejército quienes estaban a cargo de un comandante. Luego de algunos días de permanecer en la base fueron remitidos, en helicóptero, hasta Huancayo para que sean investigados por la DIVICOTE, a donde llegaron con sendas autoinculpaciones del crimen, producto de las torturas de las cuales habían sido víctimas.
 
Los efectivos policiales, a pesar de que los cargos en contra de los campesinos arrestados solo se sustentaban en las denuncias verbales de los ronderos de Alto Maritarini, denunciaron a éstos por el presunto delito de terrorismo. Ese mismo mes les abrieron instrucción por el referido delito procesándolos porque supuestamente habían participado en el asesinato de ocho personas. Inmediatamente fueron internados en el Penal de Huamancaca, en el departamento de Junín.
 
Ante los efectivos policiales y durante el proceso judicial los Campesinos detenidos negaron ser integrantes del PCP- Sendero Luminoso y haber participado en la muerte de aquellas personas, pero además la denuncia presentada en su contra no se ratificó o confirmó con ninguna prueba. Muy por el contrario las imputaciones fueron desmentidas por los testigos quienes además afirmaron que los militares los habían presionado y amenazado para que involucren a los detenidos.
 
A pesar de no haber encontrado pruebas inculpatorias contra los campesinos procesados, el 10 de febrero de 1994 la Sala Penal Especializada de la Corte de Justicia de Junín condenó a los señores Alberto Contreras Avendaño, Alberto Contreras Merino, Félix Matute Romero, Juan Bellido León, Asensio Chilón Cortes, Donato Román Pariona y Basilio Rondinel García como autores del delito de terrorismo, sancionándolos  con 20 años de pena privativa de la libertad. Luego de dictada la sentencia los campesinos fueron trasladados al Establecimiento Penitenciario “El Milagro” en la ciudad de Trujillo.
 
El 29 de diciembre de 1995, la Sala Penal de la Corte Suprema declaró nula la sentencia e insubsistente la acusación fiscal y ordenó la ampliación por 40 días de la instrucción. En ese nuevo plazo los testigos rectificaron sus declaraciones señalando que los Campesinos detenidos no eran los que habían asesinado a los pobladores de Alto Maritarini.
 
Luego de producido el juicio oral el 2 de octubre de 1996 la Sala Penal Especializada de Junín dictó sentencia absolviéndolos de la acusación fiscal por el delito de terrorismo, ordenando su inmediata liberta
 
TESTIMONIOS PROPUESTOS :
 
Nombres y apellidos : Rafael Contreras Avendaño
Sexo : Masculino
Nº de documento de identidad : 20990347
Condición del testimoniante : Agricultor
Lengua materna : Castellano
Lengua en la que da el testimonio : Castellano
 
 
Nombres y apellidos : Alberto Contreras Medina
Sexo : Masculino
Nº de documento de identidad : Sin documentos
Condición del testimoniante : Agricultor
Lengua materna : Castellano
Lengua en la que da el testimonio : Castellano

 

Tiempo de duración 00:19:46